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Corrección de errores de la Orden HFP/105/2017, de 6 de febrero, por la que se aprueba el modelo 121 "Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Deducciones por familia numerosa o por personas con discapacidad a cargo. Comunicación de la cesión del derecho a la deducción por contribuyentes no obligados a presentar declaración", y el modelo 122 "Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Deducciones por familia numerosa, por personas con discapacidad a cargo o por ascendiente con dos hijos separado legalmente o sin vínculo matrimonial. Regularización del derecho a la deducción por contribuyentes no obligados a presentar declaración", se establece el lugar, forma y plazo para su presentación y se modifica otra normativa tributaria.

BOE-A-2017-1748·21 de febrero de 2017·Ver en BOE ↗

Resumen

Corrección de errores de la Orden HFP/105/2017 que aprueba los modelos 121 y 122 del IRPF relativos a deducciones por familia numerosa o discapacidad. Afecta a contribuyentes no obligados a declarar que comunican o regularizan la cesión del derecho a la deducción. La corrección subsana una errata en la disposición final primera, cambiando la referencia a la Orden HAP/2174/2013 por la correcta, Orden HAP/2194/2013.

Advertido error en Orden HFP/105/2017, de 6 de febrero, por la que se aprueba el modelo 121 «Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Deducciones por familia numerosa o por personas con discapacidad a cargo. Comunicación de la cesión del derecho a la deducción por contribuyentes no obligados a presentar declaración», y el modelo 122 «Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Deducciones por familia numerosa, por personas con discapacidad a cargo o por ascendiente con dos hijos separado legalmente o sin vínculo matrimonial. Regularización del derecho a la deducción por contribuyentes no obligados a presentar declaración», se establece el lugar, forma y plazo para su presentación y se modifica otra normativa tributaria, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 35, de fecha 10 de febrero de 2017, página 9166, en la disposición final primera, se debe proceder a su rectificación en el siguiente sentido: Donde dice: «Se introducen las siguientes modificaciones en la Orden HAP/2174/2013, de 22 de noviembre:», debe decir: «Se introducen las siguientes modificaciones en la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre:».

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