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Corrección de errores de la Ley 8/2025, de 22 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2026.

BOE-A-2026-2887·9 de febrero de 2026·Ver en BOE ↗

Resumen

Corrección de errores de la Ley 8/2025 del Presupuesto de Andalucía para 2026. Afecta a la disposición final décima, Tres, referente a la expedición de licencias. Se rectifica una errata en la redacción sobre la duración de las licencias, manteniendo el texto original sin cambios sustanciales.

Detectado error en el texto publicado de la Ley 8/2025, de 22 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2026, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 14, de 16 de enero de 2026, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

En la tabla contenida en la disposición final décima, Tres, donde dice:

– Las licencias podrán expedirse por 1, 3 o 5 años, excepto la licencia de rehala que solo podrá expedirse por 1 año.»

Debe decir:

– Las licencias podrán expedirse por 1, 3 o 5 años, excepto la licencia de rehala que solo podrá expedirse por 1 año.»

(Publicada en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» número 18, de 28 de enero de 2026)

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.