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Corrección de errores de la Ley 8/1992, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 1993.

BOE-A-2012-2263·15 de febrero de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Corrección de errores de la Ley 8/1992 de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Euskadi para 1993. Afecta al artículo 3, apartado primero, guión tercero, corrigiendo la cantidad asignada al Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos, que pasa de 3.625.000.000 a 3.621.000.000 pesetas en créditos de pago.

Advertido error en la publicación de la citada Ley, insertada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 254, de 31 de diciembre de 1992, se procede, a continuación, a su corrección:

En el artículo 3, apartado primero, guión tercero,

donde dice:

«Al Helduen Alfabetatze eta Berreuskalduntzerako Erakundea-Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunizaciónde Adultos 3.625.000.000 pesetas en cuanto a los créditos de pago.»

debe decir:

«Al Helduen Alfabetatze eta Berreuskalduntzerako Erakundea-Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos 3.621.000.000 pesetas en cuanto a los créditos de pago.»

. Esta ley se publica en su redacción original aprobada por el Parlamento Vasco, de conformidad con lo previsto en el artículo 27.5 del Estatuto de Autonomía del País Vasco y el artículo 6.1.b) del Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su vigencia actual]

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.