Advertido error en la publicación de la citada Ley, insertada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 254, de 31 de diciembre de 1992, se procede, a continuación, a su corrección:
En el artículo 3, apartado primero, guión tercero,
donde dice:
«Al Helduen Alfabetatze eta Berreuskalduntzerako Erakundea-Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunizaciónde Adultos 3.625.000.000 pesetas en cuanto a los créditos de pago.»
debe decir:
«Al Helduen Alfabetatze eta Berreuskalduntzerako Erakundea-Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos 3.621.000.000 pesetas en cuanto a los créditos de pago.»
. Esta ley se publica en su redacción original aprobada por el Parlamento Vasco, de conformidad con lo previsto en el artículo 27.5 del Estatuto de Autonomía del País Vasco y el artículo 6.1.b) del Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su vigencia actual]