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Corrección de errores de la Ley 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales.

BOE-A-2012-9871·24 de julio de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Errores de la Ley 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en el Boletín Oficial de Canarias (BOC). Objeto Principal: El objeto principal es rectificar errores tipográficos y de redacción detectados en la Ley 4/2012 original. Estas correcciones buscan asegurar la correcta interpretación y aplicación de la ley. A quién afecta: Afecta a todos aquellos que estén sujetos a la Ley 4/2012, incluyendo sujetos pasivos de impuestos, entidades, y cualquier persona o entidad que se vea afectada por las medidas administrativas y fiscales establecidas en la ley original. En general, afecta a la correcta aplicación de la ley en la Comunidad Autónoma de Canarias. Disposiciones más relevantes: Exposición de motivos: Se suprime un texto relativo a la no acumulación de beneficios fiscales y subvenciones en Canarias, lo que implica que la política original de incentivos podría ser diferente a la que se había interpretado inicialmente. Artículo 39: Se corrige una referencia a un apartado dentro del mismo artículo, asegurando la correcta notificación del alta en el Padrón. Artículo 46: Se corrigen errores tipográficos en la redacción de la reducción por adquisición de participación en entidades, y se aclara el período de tiempo para considerar la gestión de patrimonio mobiliario o inmobiliario. Artículo 49: Se corrige una redundancia en la redacción de la base imponible del juego del bingo tradicional. Artículo 50: Se corrige una referencia a las letras dentro de un apartado relacionado con servicios y operaciones exentas del Impuesto General Indirecto Canario (IGIC). Artículo 59: Se corrige la numeración de un apartado relativo a la tributación de vehículos en el IGIC. Disposición Adicional Quinta: Se corrige la referencia al artículo que establece el tipo reducido del IGIC para vehículos híbridos y eléctricos. Disposición Transitoria Tercera: Se corrige la referencia al artículo relacionado con la aplicación de la ley. En resumen, este documento no introduce nuevas medidas o cambios sustanciales en la ley, sino que simplemente corrige errores para garantizar su correcta aplicación y evitar interpretaciones erróneas. Las correcciones afectan a diversos aspectos de la ley, desde la exposición de motivos hasta artículos específicos relacionados con impuestos y beneficios fiscales en Canarias.

Advertidos errores en el texto de la Ley 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales («Boletín Oficial del Estado» número 166, de 12 de julio de 2012), se procede a su oportuna rectificación en los siguientes términos:

1) En el apartado V de la letra B) de la exposición de motivos.

Se suprime el siguiente texto:

«Se incorpora un nuevo artículo 8-bis para regular la no aplicabilidad sobre un mismo bien o sobre una misma operación de un beneficio fiscal y la concesión de una subvención o ayuda con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Canarias, pues es necesario articular las políticas de promoción o incentivo a través de instrumentos únicos, evitando con carácter general la acumulación de incentivos por vías diversas que dificultan la graduación del estímulo que debe ser ofrecido con cargo a los recursos públicos.»

2) Artículo 39, apartado diez, punto 1.

Donde dice:

«El alta en el Padrón se notificará al sujeto pasivo conjuntamente con la liquidación a que se refiere el apartado Once.Dos del presente artículo.»

Debe decir:

«El alta en el Padrón se notificará al sujeto pasivo conjuntamente con la liquidación a que se refiere el apartado Once.2 del presente artículo.»

3) Artículo 46.

En la letra c) del Número 2 del artículo 22-bis. Reducción por la adquisición de participación en entidades:

Donde dice:

«… Si la articipación en la entidad era conjunta con alguna o algunas de las personas a las que se refiere la letra b) anterior…»

Debe decir:

«…Si la participación en la entidad era conjunta con alguna o algunas de las personas a las que se refiere la letra b) anterior…»

4) Artículo 46.

En el apartado 3 del artículo 22-bis. Reducción por la adquisición de participación en entidades:

Donde dice:

«3. A los efectos de la presente reducción, se considera que una entidad gestiona un patrimonio mobiliario o inmobiliario cuando, durante más de noventa días del año natural inmediatamente anterior a la fecha de la donación…»

Debe decir:

«3. A los efectos de la presente reducción, se considera que una entidad gestiona un patrimonio mobiliario o inmobiliario cuando, durante más de noventa días del año natural inmediatamente anterior a la fecha del hecho causante,…»

5) Artículo 49.

En el apartado 1 del artículo 40-bis:

Donde dice.

«1. La base imponible del juego del bingo tradicional, la base imponible estará constituida por el importe…»

Debe decir:

«1. La base imponible del juego del bingo tradicional estará constituida por el importe…»

6) Artículo 50, punto uno, apartado 18.º, letra k).

Donde dice:

«k) Los servicios y operaciones, exceptuados el depósito y la gestión, relativos a acciones, participaciones en sociedades, obligaciones y demás títulos valores no mencionados en las letras anteriores a este apartado 18.º, con excepción de:…»

Debe decir:

«k) Los servicios y operaciones, exceptuados el depósito y la gestión, relativos a acciones, participaciones en sociedades, obligaciones y demás títulos valores no mencionados en las letras anteriores de este apartado 18.º, con excepción de:…»

7) Artículo 59, apartado dos.

Donde dice:

«Dos.–Tributarán en el Impuesto General Indirecto Canario al tipo de gravamen general del 7 por ciento las entregas de los siguientes vehículos…»

Debe decir:

«Dos.–1. Tributarán en el Impuesto General Indirecto Canario al tipo de gravamen general del 7 por ciento las entregas de los siguientes vehículos…»

8) Disposición adicional quinta.

Donde dice:

«Las importaciones y entregas de vehículos híbridos eléctricos y de vehículos eléctricos quedarán sujetas al tipo reducido del Impuesto General Indirecto Canario establecido en el artículo 53.1.c) de la presente ley,…»

Debe decir:

«Las importaciones y entregas de vehículos híbridos eléctricos y de vehículos eléctricos quedarán sujetas al tipo reducido del Impuesto General Indirecto Canario establecido en el artículo 51.1.c) de la presente ley,…»

9) Disposición transitoria tercera.

Donde dice:

«… a los efectos de lo establecido en el artículo 58 de la presente ley,…»

Debe decir:

«… a los efectos de lo establecido en el artículo 59 de la presente ley,…»

(Publicada en el «Boletín Oficial de Canarias» número 139, de 17 de julio de 2012)

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.