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Corrección de errores de la Ley 19/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2020.

BOE-A-2020-2949·2 de marzo de 2020·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Errores de la Ley 19/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2020. Su objeto principal es subsanar una imprecisión detectada en el artículo 39 de la ley original, específicamente en la redacción relativa a las cuantías del complemento por formación permanente del personal docente no universitario. La corrección afecta directamente al personal docente no universitario de la Comunidad Autónoma de Canarias, ya que se refiere a la correcta determinación de las cantidades que percibirán como complemento por formación permanente durante el año 2020. La disposición más relevante es la siguiente: Se corrige el texto del artículo 39, apartado 1, para reemplazar la versión errónea con la versión correcta. La corrección implica la sustitución de una tabla de cuantías (que no se incluye en este extracto) por otra, asegurando que las cantidades reflejadas en la ley sean las correctas y aplicables al cálculo del complemento por formación permanente del personal docente no universitario. En resumen, el documento busca garantizar la exactitud y correcta aplicación de la Ley de Presupuestos de Canarias para 2020 en lo que respecta al complemento salarial por formación del profesorado no universitario, evitando confusiones o interpretaciones erróneas.

Advertido error en el texto remitido para la publicación de la Ley 19/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2020, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 29, de 3 de febrero de 2020, es preciso proceder a su corrección en el sentido siguiente:

En el artículo 39,

Donde dice:

«1. Durante 2020, las cuantías del complemento por formación permanente del personal docente no universitario, referidas a doce mensualidades, serán las siguientes:

Debe decir:

«1. Durante 2020, las cuantías del complemento por formación permanente del personal docente no universitario, referidas a doce mensualidades, serán las siguientes:

(Publicada en el «Boletín Oficial de Canarias» número 27, de 10 de febrero de 2020)

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.