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Corrección de errores de la Circular 3/2022, de 30 de marzo, del Banco de España, por la que se modifican la Circular 2/2016, de 2 de febrero, a las entidades de crédito, sobre supervisión y solvencia, que completa la adaptación del ordenamiento jurídico español a la Directiva 2013/36/UE y al Reglamento (UE) n.º 575/2013; la Circular 2/2014, de 31 de enero, a las entidades de crédito, sobre el ejercicio de diversas opciones regulatorias contenidas en el Reglamento (UE) n.º 575/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito y las empresas de inversión, y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 648/2012; y la Circular 5/2012, de 27 de junio, a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos.

BOE-A-2022-10810·30 de junio de 2022·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Errores publicada por el Banco de España referente a la Circular 3/2022, de 30 de marzo. Su objeto principal es subsanar errores detectados en la publicación original de dicha circular en el Boletín Oficial del Estado (BOE). La Circular 3/2022, que esta corrección modifica, a su vez modificaba tres circulares previas: Circular 2/2016: Sobre supervisión y solvencia de entidades de crédito. Circular 2/2014: Sobre el ejercicio de opciones regulatorias contenidas en el Reglamento (UE) n.º 575/2013. Circular 5/2012: Sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos. Por lo tanto, indirectamente, esta corrección afecta a las entidades de crédito y proveedores de servicios de pago sujetos a la regulación del Banco de España, ya que impacta en las normas que rigen su actividad. Las correcciones realizadas son de carácter puramente técnico y editorial. Consisten en la eliminación de: Llamadas de notas a pie de página (notas 1, 2 y 3) que indicaban que el texto estaba incorporado en las circulares previas. El texto que seguía inmediatamente a esas llamadas de nota. Tres asteriscos (" *") que aparecían de forma incorrecta entre párrafos. En resumen, la corrección no altera el contenido sustancial de la Circular 3/2022, sino que se limita a eliminar elementos superfluos que se introdujeron erróneamente durante su publicación. El objetivo es asegurar la claridad y precisión del texto legal.

Advertidos errores en la Circular 3/2022, de 30 de marzo, del Banco de España, por la que se modifican la Circular 2/2016, de 2 de febrero, a las entidades de crédito, sobre supervisión y solvencia, que completa la adaptación del ordenamiento jurídico español a la Directiva 2013/36/UE y al Reglamento (UE) núm. 575/2013; la Circular 2/2014, de 31 de enero, a las entidades de crédito, sobre el ejercicio de diversas opciones regulatorias contenidas en el Reglamento (UE) núm. 575/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito y las empresas de inversión, y por el que se modifica el Reglamento (UE) núm. 648/2012; y la Circular 5/2012, de 27 de junio, a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 82, de 6 de abril de 2022, procede efectuar las siguientes correcciones:

– En la página 46427, en la norma primera, párrafo primero, se elimina la llamada de nota 1 y el siguiente texto, que figura inmediatamente a continuación: «1 Texto incorporado en la Circular 2/2016, de 2 de febrero.».

– En la página 46427, en la norma primera, apartado uno, se eliminan los tres asteriscos que se encuentran entre el párrafo primero y el párrafo segundo: « * * *».

– En la página 46470, en la norma segunda, párrafo primero, se elimina la llamada de nota 2 y el siguiente texto, que figura inmediatamente a continuación: «2 Texto incorporado en la Circular 2/2014, de 31 de enero.».

– En la página 46473, en la norma tercera, párrafo primero, se elimina la llamada de nota 3 y el siguiente texto, que figura inmediatamente a continuación: «3 Texto incorporado en la Circular 5/2012, de 27 de junio.».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.