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Corrección de erratas del Real Decreto 907/2022, de 25 de octubre, por el que se modifican las cuantías de determinadas tablas del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación contenidas en el anexo del texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, y por el que se modifica el Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, para la actualización de importes en euros en relación con el régimen especial de solvencia.

BOE-A-2023-3510·10 de febrero de 2023·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Erratas del Real Decreto 907/2022, de 25 de octubre. El Real Decreto original modificaba las cuantías de ciertas tablas del sistema de valoración de daños y perjuicios a personas en accidentes de tráfico, contenidas en el anexo del Texto Refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor (aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004). También modificaba el Real Decreto 1060/2015 sobre entidades aseguradoras y reaseguradoras, actualizando importes en euros relacionados con el régimen especial de solvencia. Esta corrección afecta principalmente a las víctimas de accidentes de tráfico, a las aseguradoras y reaseguradoras, y a los profesionales del derecho que trabajan con el sistema de valoración de daños. La disposición más relevante es la rectificación específica de la tabla "Años de duración del matrimonio: 27 años (continuación)". Se indica que en las páginas 147182 a 147184 del Boletín Oficial del Estado (BOE) donde se publicó el Real Decreto original, se debe insertar una columna adicional (columna 86) entre las columnas 85 y 87 bajo la fila "Edad del cónyuge". Esta corrección busca subsanar un error material en la publicación de las tablas, asegurando la correcta aplicación del sistema de valoración de daños. En esencia, el documento no cambia la sustancia del Real Decreto original, sino que corrige un fallo de publicación para garantizar la integridad y la correcta interpretación de las tablas de valoración.

Advertida errata en el Real Decreto 907/2022 de 25 de octubre, por el que se modifican las cuantías de determinadas tablas del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación contenidas en el anexo del texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, y por el que se modifica el Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, para la actualización de importes en euros en relación con el régimen especial de solvencia, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 259, de 28 de octubre de 2022, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

En las páginas 147182 a 147184, en la tabla «Años de duración del matrimonio: 27 años (continuación)», bajo la fila «Edad del cónyuge», se insertará entre las columnas 85 y 87, la columna 86 siguiente:

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.