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Corrección de erratas de la Resolución de 17 de marzo de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo sobre el Reglamento de la tarjeta profesional para el trabajo en obras de construcción (vidrio y rotulación) de los trabajadores afectados por el Convenio colectivo para las industrias extractivas, industrias del vidrio, industrias cerámicas y para las del comercio exclusivista de los mismos materiales.

BOE-A-2011-7953·5 de mayo de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Erratas de la Resolución de la Dirección General de Trabajo del 17 de marzo de 2011, que a su vez registraba y publicaba el Acuerdo sobre el Reglamento de la tarjeta profesional para el trabajo en obras de construcción (vidrio y rotulación). El objeto principal de esta corrección es subsanar errores en la lista de asistentes a la comisión negociadora del acuerdo original. Concretamente, se corrige la asignación de nombres a las representaciones empresarial (Confederación Española del Vidrio y la Cerámica) y sindical (FIA-UGT) en el acta de la comisión negociadora publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Esta corrección afecta principalmente a los trabajadores del sector de la construcción (vidrio y rotulación) cubiertos por el Convenio colectivo para las industrias extractivas, industrias del vidrio, industrias cerámicas y para las del comercio exclusivista de los mismos materiales, así como a las empresas y organizaciones sindicales representadas en la comisión negociadora. Las disposiciones más relevantes son las siguientes: Se rectifica el nombre del representante de la Confederación Española del Vidrio y la Cerámica, cambiando "Don José Carlos Ruiz Palacios" por "Don José Luis Alonso Zarandieta". Se rectifica el nombre del representante de FIA-UGT, cambiando "Don José Luis Alonso Zarandieta" por "Don José Carlos Ruiz Palacios". En esencia, el documento se limita a corregir un error administrativo en la identificación de los asistentes a la comisión negociadora del acuerdo original, sin alterar el contenido sustancial del acuerdo sobre la tarjeta profesional.

Advertidas erratas en el Acuerdo sobre el Reglamento de la tarjeta profesional para el trabajo en obras de construcción (vidrio y rotulación) de los trabajadores afectados por el Convenio colectivo para las industrias extractivas, industrias del vidrio, industrias cerámicas y para las del comercio exclusivista de los mismos materiales, registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Trabajo, de 17 de marzo de 2011, en el BOE n.º 78, de 1 de abril de 2011, se procede a efectuar las siguientes rectificaciones:

En la página 34178, Acta de la comisión negociadora, donde dice: «Asistentes: Representación empresarial: Por la Confederación Española del Vidrio y la Cerámica: Don José Carlos Ruiz Palacios.», debe decir: «Asistentes: Representación empresarial: Por la Confederación Española del Vidrio y la Cerámica: Don José Luis Alonso Zarandieta.»

En la página 34178, Acta de la comisión negociadora, donde dice: «Asistentes: Representación sindical: Por FIA-UGT: Don José Luis Alonso Zarandieta.», debe decir: «Don José Carlos Ruiz Palacios.»

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.