Comisión Internacional Permanente para la Prueba de Armas de Fuego Portátiles
La Comisión Internacional Permanente para la Prueba de Armas de Fuego, haciendo referencia al Convenio para el Reconocimiento Recíproco de Punzones de Prueba de Armas de Fuego Portátiles y al Reglamento, hechos en Bruselas el 1 de julio de 1969, tiene el honor de poner en conocimiento de las Partes Contratantes las decisiones adoptadas en la reunión de la Subcomisión Técnica celebrada el 19 de mayo de 2015 en Siracusa.
XXXIII-01 a 08 Lista de tablas TDCC, nuevos calibres
Decisiones adoptadas en aplicación del párrafo 1 del artículo 5 del Reglamento
Tabla I
Tabla II
Tabla IV
XXXIII–09 a 15 Lista de tablas TDCC, calibres revisados
Decisiones adoptadas en aplicación del párrafo 1 del artículo 5 del Reglamento
Tabla I
Tabla II
Tabla IV
Tabla VI
Modificaciones realizadas a los calibres:
5,45 x 39: L3 + G; Pmax; PK; PE; EE; G1 recámara; G; alfa 1; h; i; u
6,5 Grendel: nuevo ángulo w; nuevo G2 (recámara); E; P1; G
300 Whisper: Pmax; PK; PE
408 Chey Tac: Beta; L3 + G; delta L; L1 recámara; L2 recámara; L3 recámara; R1 recámara; E; P1 recámara; alfa; S; r2; H1 recámara; H2 recámara; G; h; i;
7,5 x 57 R: u
454 Casull: L3 + G; G; alfa 1; i;
8 Gauge Industrial: medición de la presión por el método transductor; Pmax; PK; PE; M
Estas Decisiones de la Comisión Internacional Permanente para la prueba de armas de fuego portátiles entraron en vigor de forma general y para España, 13 de enero de 2016, de conformidad con lo establecido en el apartado 1 del artículo 8 del Reglamento.
Madrid, 29 de febrero de 2016.–La Secretaria General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Isabel Vizcaíno Fernández de Casadevante.