Resumen del Artículo Disposición transitoria decimoquinta

Artículo Disposición transitoria decimoquinta del Convenio Económico Estado-Navarra (ConvEcNav) — Disposición transitoria decimoquinta. La exacción por el Impuesto sobre Actividades de Juego que grava las apuestas mutuas deportivo-benéficas y las apuestas mutuas hípicas estatales corresponderá a la Administración del Estado, en tanto su comercialización se realice por la…

ConvEcNavVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición transitoria decimoquintaDisposición transitoria decimoquinta

Disposición transitoria decimoquinta.

La exacción por el Impuesto sobre Actividades de Juego que grava las apuestas mutuas deportivo-benéficas y las apuestas mutuas hípicas estatales corresponderá a la Administración del Estado, en tanto su comercialización se realice por la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado, sin perjuicio de la compensación financiera que corresponda a la Comunidad Foral de Navarra, que se calculará aplicando como punto de conexión el territorio en que se encuentre el punto de venta. La Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado presentará declaraciones informativas anuales de las cantidades jugadas imputables a Navarra de acuerdo al artículo 40.3 del Convenio Económico.

Norma publicada: 26 de diciembre de 1990

Fuente oficial: BOE

¿Necesitas analizar este artículo?

Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.

Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición transitoria decimoquinta

¿Qué dice el Artículo Disposición transitoria decimoquinta del ConvEcNav?

Disposición transitoria decimoquinta. La exacción por el Impuesto sobre Actividades de Juego que grava las apuestas mutuas deportivo-benéficas y las apuestas mutuas hípicas estatales corresponderá a…

¿El Artículo Disposición transitoria decimoquinta del ConvEcNav está vigente?

El artículo Disposición transitoria decimoquinta del ConvEcNav está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición transitoria decimoquinta dentro del ConvEcNav?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO ÚNICO.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición transitoria decimoquinta?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.