Resumen del Artículo 165

Artículo 165 del Constitución Española (CE) — Una ley orgánica regulará el funcionamiento del Tribunal Constitucional, el estatuto de sus miembros, el procedimiento ante el mismo y las condiciones para el ejercicio de las acciones.

CEVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 165

Una ley orgánica regulará el funcionamiento del Tribunal Constitucional, el estatuto de sus miembros, el procedimiento ante el mismo y las condiciones para el ejercicio de las acciones.

Norma publicada: 27 de diciembre de 1978

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 165

¿Qué dice el Artículo 165 del CE?

Una ley orgánica regulará el funcionamiento del Tribunal Constitucional, el estatuto de sus miembros, el procedimiento ante el mismo y las condiciones para el ejercicio de las acciones.

¿El Artículo 165 del CE está vigente?

El artículo 165 del CE está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 165 dentro del CE?

Se encuentra en la estructura: TÍTULO IX.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 165?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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