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Conflicto positivo de competencia nº 1343-2009, en relación con la Orden ARM/2876/2008, de 2 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a asociaciones declaradas de utilidad pública y fundaciones adscritas al protectorado del Ministerio para la realización de actividades relativas a los programas que se desarrollen en la realización con la defensa del medio natural y la biodiversidad, la utilización sostenible de los recursos naturales y la prevención de la contaminación y del cambio climático y Orden ARM/3020/2008, de 22 de octubre, por la que se convoca la concesión de dichas subvenciones.

BOE-A-2009-4208·13 de marzo de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una providencia del Tribunal Constitucional de España que informa sobre la admisión a trámite del Conflicto Positivo de Competencia nº 1343-2009, promovido por el Gobierno de la Generalidad de Cataluña. El objeto principal del conflicto es la impugnación de dos órdenes del Ministerio de Medio Ambiente (ARM): Orden ARM/2876/2008, de 2 de octubre: Establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a asociaciones de utilidad pública y fundaciones adscritas al protectorado del Ministerio. Estas subvenciones están destinadas a actividades relacionadas con la defensa del medio natural, la biodiversidad, el uso sostenible de los recursos naturales, la prevención de la contaminación y el cambio climático. Orden ARM/3020/2008, de 22 de octubre: Convoca la concesión de las subvenciones reguladas en la orden anterior. Este conflicto afecta directamente al Gobierno de la Generalidad de Cataluña y al Gobierno de España (Ministerio de Medio Ambiente). Implícitamente, también afecta a las asociaciones y fundaciones que podrían ser beneficiarias de las subvenciones, así como al interés general en la gestión del medio ambiente y los recursos naturales. La disposición más relevante es la admisión a trámite del conflicto por parte del Tribunal Constitucional, lo que implica que el Tribunal considera que existen fundamentos suficientes para analizar si las órdenes ministeriales invaden competencias que corresponden a la Generalidad de Cataluña. La providencia también asigna el caso a la Sala Segunda del Tribunal Constitucional para su estudio y resolución. En esencia, el Gobierno catalán considera que el Estado, a través de estas órdenes, está legislando y actuando en un ámbito donde la competencia corresponde a la Generalitat.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 3 de marzo actual, ha admitido a trámite el conflicto positivo de competencia número 1343-2009, promovido por Gobierno de la Generalidad de Cataluña, en relación con la Orden ARM/2876/2008, de 2 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a asociaciones declaradas de utilidad pública y fundaciones adscritas al protectorado del Ministerio para la realización de actividades relativas a los programas que se desarrollen en la realización con la defensa del medio natural y la biodiversidad, la utilización sostenible de los recursos naturales y la prevención de la contaminación y del cambio climático y Orden ARM/3020/2008, de 22 de octubre, por la que se convoca la concesión de dichas subvenciones, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.2 LOTC en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, atribuir a la Sala Segunda, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento del presente conflicto.

Madrid, 3 de marzo de 2009.–La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.