Resumen del Artículo 43

Artículo 43 del Código Penal (CP) — La suspensión de empleo o cargo público priva de su ejercicio al penado durante el tiempo de la condena.

CPVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 43

La suspensión de empleo o cargo público priva de su ejercicio al penado durante el tiempo de la condena.

Norma publicada: 23 de noviembre de 1995

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 43

¿Qué dice el Artículo 43 del CP?

La suspensión de empleo o cargo público priva de su ejercicio al penado durante el tiempo de la condena.

¿El Artículo 43 del CP está vigente?

El artículo 43 del CP está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 43 dentro del CP?

Se encuentra en la estructura: LIBRO I › CAPÍTULO I › SECCIÓN 3.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 43?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.