Resumen del Artículo 237

Artículo 237 del Código Penal (CP) — Son reos del delito de robo los que, con ánimo de lucro, se apoderaren de las cosas muebles ajenas empleando fuerza en las cosas para acceder o abandonar el lugar donde éstas se encuentran o violencia o intimidación en las personas, sea al cometer el delito, para proteger la…

CPVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 237

Son reos del delito de robo los que, con ánimo de lucro, se apoderaren de las cosas muebles ajenas empleando fuerza en las cosas para acceder o abandonar el lugar donde éstas se encuentran o violencia o intimidación en las personas, sea al cometer el delito, para proteger la huida, o sobre los que acudiesen en auxilio de la víctima o que le persiguieren.

Norma publicada: 23 de noviembre de 1995

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 237

¿Qué dice el Artículo 237 del CP?

Son reos del delito de robo los que, con ánimo de lucro, se apoderaren de las cosas muebles ajenas empleando fuerza en las cosas para acceder o abandonar el lugar donde éstas se encuentran o…

¿El Artículo 237 del CP está vigente?

El artículo 237 del CP está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 237 dentro del CP?

Se encuentra en la estructura: LIBRO II › CAPÍTULO II.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 237?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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