Resumen del Artículo 983

Artículo 983 del Código Civil (CC) — Se entenderá hecha la designación por partes sólo en el caso de que el testador haya determinado expresamente una cuota para cada heredero. La frase «por mitad o por partes iguales» u otras que, aunque designen parte alícuota, no fijan ésta numéricamente o por señales que hagan…

CCVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 983Art 983

Se entenderá hecha la designación por partes sólo en el caso de que el testador haya determinado expresamente una cuota para cada heredero.

La frase «por mitad o por partes iguales» u otras que, aunque designen parte alícuota, no fijan ésta numéricamente o por señales que hagan a cada uno dueño de un cuerpo de bienes separado, no excluyen el derecho de acrecer.

Norma publicada: 24 de julio de 1889

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 983

¿Qué dice el Artículo 983 del CC?

Se entenderá hecha la designación por partes sólo en el caso de que el testador haya determinado expresamente una cuota para cada heredero. La frase «por mitad o por partes iguales» u otras que,…

¿El Artículo 983 del CC está vigente?

El artículo 983 del CC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 983 dentro del CC?

Se encuentra en la estructura: LIBRO III › CAPÍTULO V › Sección tercera.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 983?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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