Resumen del Artículo 853

Artículo 853 del Código Civil (CC) — Serán también justas causas para desheredar a los hijos y descendientes, además de las señaladas en el artículo 756 con los números 2, 3, 5 y 6, las siguientes: 1.ª Haber negado, sin motivo legítimo, los alimentos al padre o ascendiente que le deshereda. 2.ª Haberle maltratado…

CCVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 853Art 853

Serán también justas causas para desheredar a los hijos y descendientes, además de las señaladas en el artículo 756 con los números 2, 3, 5 y 6, las siguientes:

1.ª Haber negado, sin motivo legítimo, los alimentos al padre o ascendiente que le deshereda.

2.ª Haberle maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra.

Norma publicada: 24 de julio de 1889

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 853

¿Qué dice el Artículo 853 del CC?

Serán también justas causas para desheredar a los hijos y descendientes, además de las señaladas en el artículo 756 con los números 2, 3, 5 y 6, las siguientes: 1.ª Haber negado, sin motivo legítimo,…

¿El Artículo 853 del CC está vigente?

El artículo 853 del CC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 853 dentro del CC?

Se encuentra en la estructura: LIBRO III › CAPÍTULO II › Sección novena.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 853?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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