Resumen del Artículo 667

Artículo 667 del Código Civil (CC) — El acto por el cual una persona dispone para después de su muerte de todos sus bienes o de parte de ellos se llama testamento.

¿Necesitas analizar este artículo?

Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.

Preguntas frecuentes sobre el Artículo 667

¿Qué dice el Artículo 667 del CC?

El acto por el cual una persona dispone para después de su muerte de todos sus bienes o de parte de ellos se llama testamento.

¿El Artículo 667 del CC está vigente?

El artículo 667 del CC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 667 dentro del CC?

Se encuentra en la estructura: LIBRO III › CAPÍTULO PRIMERO › Sección segunda.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 667?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.