Resumen del Artículo 593

Artículo 593 del Código Civil (CC) — Los árboles existentes en un seto vivo medianero se presumen también medianeros, y cualquiera de los dueños tiene derecho a exigir su derribo. Exceptúanse los árboles que sirvan de mojones, los cuales no podrán arrancarse sino de común acuerdo entre los colindantes.

CCVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 593Art 593

Los árboles existentes en un seto vivo medianero se presumen también medianeros, y cualquiera de los dueños tiene derecho a exigir su derribo.

Exceptúanse los árboles que sirvan de mojones, los cuales no podrán arrancarse sino de común acuerdo entre los colindantes.

Norma publicada: 24 de julio de 1889

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 593

¿Qué dice el Artículo 593 del CC?

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¿El Artículo 593 del CC está vigente?

El artículo 593 del CC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 593 dentro del CC?

Se encuentra en la estructura: LIBRO SEGUNDO › CAPÍTULO II › Sección séptima.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 593?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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