Artículo 461Art 461
La posesión de la cosa mueble no se entiende perdida mientras se halle bajo el poder del poseedor, aunque éste ignore accidentalmente su paradero.
Norma publicada: 24 de julio de 1889
Resumen del Artículo 461
Artículo 461 del Código Civil (CC) — La posesión de la cosa mueble no se entiende perdida mientras se halle bajo el poder del poseedor, aunque éste ignore accidentalmente su paradero.
La posesión de la cosa mueble no se entiende perdida mientras se halle bajo el poder del poseedor, aunque éste ignore accidentalmente su paradero.
Norma publicada: 24 de julio de 1889
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La posesión de la cosa mueble no se entiende perdida mientras se halle bajo el poder del poseedor, aunque éste ignore accidentalmente su paradero.
El artículo 461 del CC está vigente.
Se encuentra en la estructura: LIBRO SEGUNDO › CAPÍTULO III.
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