Resumen del Artículo 434

Artículo 434 del Código Civil (CC) — La buena fe se presume siempre, y al que afirma la mala fe de un poseedor corresponde la prueba.

CCVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 434Art 434

La buena fe se presume siempre, y al que afirma la mala fe de un poseedor corresponde la prueba.

Norma publicada: 24 de julio de 1889

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 434

¿Qué dice el Artículo 434 del CC?

La buena fe se presume siempre, y al que afirma la mala fe de un poseedor corresponde la prueba.

¿El Artículo 434 del CC está vigente?

El artículo 434 del CC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 434 dentro del CC?

Se encuentra en la estructura: LIBRO SEGUNDO › CAPÍTULO PRIMERO.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 434?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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