Resumen del Artículo 359

Artículo 359 del Código Civil (CC) — Todas las obras, siembras y plantaciones se presumen hechas por el propietario y a su costa, mientras no se pruebe lo contrario.

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 359

¿Qué dice el Artículo 359 del CC?

Todas las obras, siembras y plantaciones se presumen hechas por el propietario y a su costa, mientras no se pruebe lo contrario.

¿El Artículo 359 del CC está vigente?

El artículo 359 del CC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 359 dentro del CC?

Se encuentra en la estructura: LIBRO SEGUNDO › CAPÍTULO II › Sección segunda.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 359?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.