Resumen del Artículo 343

Artículo 343 del Código Civil (CC) — Los bienes de las provincias y de los pueblos se dividen en bienes de uso público y bienes patrimoniales.

CCVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 343Art 343

Los bienes de las provincias y de los pueblos se dividen en bienes de uso público y bienes patrimoniales.

Norma publicada: 24 de julio de 1889

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 343

¿Qué dice el Artículo 343 del CC?

Los bienes de las provincias y de los pueblos se dividen en bienes de uso público y bienes patrimoniales.

¿El Artículo 343 del CC está vigente?

El artículo 343 del CC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 343 dentro del CC?

Se encuentra en la estructura: LIBRO SEGUNDO › CAPÍTULO III.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 343?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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