Resumen del Artículo 1961

Artículo 1961 del Código Civil (CC) — Las acciones prescriben por el mero lapso del tiempo fijado por la ley.

CCVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 1961Art 1961

Las acciones prescriben por el mero lapso del tiempo fijado por la ley.

Norma publicada: 24 de julio de 1889

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 1961

¿Qué dice el Artículo 1961 del CC?

Las acciones prescriben por el mero lapso del tiempo fijado por la ley.

¿El Artículo 1961 del CC está vigente?

El artículo 1961 del CC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 1961 dentro del CC?

Se encuentra en la estructura: LIBRO IV › CAPÍTULO III.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 1961?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.