Resumen del Artículo 1865

Artículo 1865 del Código Civil (CC) — No surtirá efecto la prenda contra tercero si no consta por instrumento público la certeza de la fecha.

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 1865

¿Qué dice el Artículo 1865 del CC?

No surtirá efecto la prenda contra tercero si no consta por instrumento público la certeza de la fecha.

¿El Artículo 1865 del CC está vigente?

El artículo 1865 del CC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 1865 dentro del CC?

Se encuentra en la estructura: LIBRO IV › CAPÍTULO II › Sección primera.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 1865?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.