Artículo 1672Art 1672
La sociedad universal puede ser de todos los bienes presentes o de todas las ganancias.
Norma publicada: 24 de julio de 1889
Resumen del Artículo 1672
Artículo 1672 del Código Civil (CC) — La sociedad universal puede ser de todos los bienes presentes o de todas las ganancias.
La sociedad universal puede ser de todos los bienes presentes o de todas las ganancias.
Norma publicada: 24 de julio de 1889
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La sociedad universal puede ser de todos los bienes presentes o de todas las ganancias.
El artículo 1672 del CC está vigente.
Se encuentra en la estructura: LIBRO IV › CAPÍTULO PRIMERO.
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