Resumen del Artículo 1672

Artículo 1672 del Código Civil (CC) — La sociedad universal puede ser de todos los bienes presentes o de todas las ganancias.

CCVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 1672Art 1672

La sociedad universal puede ser de todos los bienes presentes o de todas las ganancias.

Norma publicada: 24 de julio de 1889

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 1672

¿Qué dice el Artículo 1672 del CC?

La sociedad universal puede ser de todos los bienes presentes o de todas las ganancias.

¿El Artículo 1672 del CC está vigente?

El artículo 1672 del CC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 1672 dentro del CC?

Se encuentra en la estructura: LIBRO IV › CAPÍTULO PRIMERO.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 1672?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.