Resumen del Artículo 1154

Artículo 1154 del Código Civil (CC) — El Juez modificará equitativamente la pena cuando la obligación principal hubiera sido en parte o irregularmente cumplida por el deudor.

CCVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 1154Art 1154

El Juez modificará equitativamente la pena cuando la obligación principal hubiera sido en parte o irregularmente cumplida por el deudor.

Norma publicada: 24 de julio de 1889

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 1154

¿Qué dice el Artículo 1154 del CC?

El Juez modificará equitativamente la pena cuando la obligación principal hubiera sido en parte o irregularmente cumplida por el deudor.

¿El Artículo 1154 del CC está vigente?

El artículo 1154 del CC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 1154 dentro del CC?

Se encuentra en la estructura: LIBRO IV › CAPÍTULO III › Sección sexta.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 1154?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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