Artículo Disposición transitoria séptimaDisposición transitoria séptima
Disposición transitoria séptima. Cesiones de créditos o préstamos hipotecarios.
La modificación del artículo 569-28 no es de aplicación a las cesiones de créditos o préstamos hipotecarios que hayan tenido lugar antes de la entrada en vigor de la presente ley.
Norma publicada: 15 de febrero de 2017