Resumen del Artículo 236

Artículo 236 del Código Civil de Cataluña - Libro II (Persona y familia) (CCCat-L2) — Titulares de la potestad parental. Los progenitores, para cumplir las responsabilidades parentales, tienen la potestad respecto a los hijos menores no emancipados. La potestad parental puede extenderse a los hijos mayores de edad incapacitados prorrogándola o rehabilitándola.

CCCat-L2VigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 236

Los progenitores, para cumplir las responsabilidades parentales, tienen la potestad respecto a los hijos menores no emancipados. La potestad parental puede extenderse a los hijos mayores de edad incapacitados prorrogándola o rehabilitándola.

Norma publicada: 29 de julio de 2010

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 236

¿Qué dice el Artículo 236 del CCCat-L2?

Titulares de la potestad parental. Los progenitores, para cumplir las responsabilidades parentales, tienen la potestad respecto a los hijos menores no emancipados. La potestad parental puede…

¿El Artículo 236 del CCCat-L2 está vigente?

El artículo 236 del CCCat-L2 está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 236 dentro del CCCat-L2?

Se encuentra en la estructura: LIBRO SEGUNDO › CAPÍTULO VI › Sección 5.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 236?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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