resolucionVigente

Auto de 20 de mayo de 2024, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima el incidente de ejecución instado por EDP España, SAU de la Sentencia número 255/2022, de 1 de marzo de 2022, en el recurso número 1/690/2017.

BOE-A-2024-12381·19 de junio de 2024·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Auto dictado por la Sala Tercera del Tribunal Supremo de España, con fecha 20 de mayo de 2024, en el marco de un incidente de ejecución de la Sentencia número 255/2022. Objeto principal: El Auto resuelve un incidente de ejecución presentado por EDP España, SAU (una comercializadora de energía) para que se cumpla la Sentencia 255/2022, que a su vez se refería a un recurso contencioso-administrativo contra el Real Decreto 897/2017, que regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica. En esencia, EDP España reclamaba el pago de cantidades financiadas bajo el mecanismo del bono social que, según la empresa, no le habían sido abonadas correctamente. A quién afecta: Este Auto afecta principalmente a: EDP España, SAU: La comercializadora de energía, que es la beneficiaria directa de la decisión judicial. La Administración Pública (Secretaría de Estado de Energía): Que es la obligada a realizar el pago a EDP España. Consumidores de energía eléctrica: Indirectamente, ya que el bono social está destinado a proteger a los consumidores vulnerables. Disposiciones más relevantes: Estimación del incidente de ejecución: El Tribunal Supremo estima el incidente presentado por EDP España, lo que significa que da la razón a la empresa en su reclamación. Anulación parcial de la Resolución de la Secretaría de Estado de Energía: Se anula la resolución de la Secretaría de Estado de Energía de 28 de noviembre de 2023 en la parte en que no reconocía a EDP España los importes reclamados. Declaración del derecho al cobro: Se declara el derecho de EDP España a recibir la suma de 19.620.631,56 euros, más los intereses legales correspondientes desde la fecha en que realizó el pago hasta la fecha de su reintegro. Esta cantidad corresponde a las cantidades financiadas por EDP España bajo el mecanismo del bono social que no le habían sido reembolsadas. En resumen, el Auto del Tribunal Supremo obliga a la Administración a pagar a EDP España una cantidad significativa de dinero en concepto de financiación del bono social, corrigiendo una decisión administrativa previa que no reconocía ese derecho a la empresa.

En el recurso contencioso-administrativo número 1/690/2017, interpuesto por EDP España SAU y BASER comercializadora de referencia SA, contra el Real Decreto 897/2017 de 6 de octubre por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica, la Sala Tercera, Sección Tercera, del Tribunal Supremo ha dictado Auto con fecha 20 de mayo 2024, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

La Sala Acuerda:

1. Estimar el incidente de ejecución instado por «EDP España SAU» de la Sentencia n.º 255/2022, de 1 de marzo de 2022 (rec. n.º 690/2017).

2. Anular parcialmente la Resolución de la Secretaría de Estado de Energía de 28 de noviembre de 2023, en la parte en que no se reconocen a EDP España SAU los importes reclamados en este incidente de ejecución.

3. Declarar el derecho de la comercializadora libre EDP a que se le abonen por la Administración la suma de 19.620.631,56 euros en concepto de cantidades financiadas bajo el mecanismo de financiación del bono social, más los intereses legales computados desde fecha en que se hizo el pago hasta la fecha de su reintegro.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.–D. Eduardo Espín Templado.–D. José Manuel Bandrés Sánchez-Cruzat, D.ª María Isabel Perelló Doménech, D. José María del Riego Valledor, D.Diego Córdoba Castroverde.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.