resolucionVigente

Acuerdo de 8 de marzo de 2011, de la Presidencia del Tribunal Supremo y de la Sala del Artículo 61 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, habilitando los días 12, 13, 19 y 20 de marzo de 2011 de 8:00 horas a 15:00 horas.

BOE-A-2011-4350·9 de marzo de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es un Acuerdo emitido el 8 de marzo de 2011 por la Presidencia del Tribunal Supremo y la Sala del Artículo 61 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ). El objeto principal del acuerdo es habilitar días inhábiles para la actuación de la Sala del Artículo 61 de la LOPJ en relación con los Autos acumulados 6/2002 y 7/2002, que tratan sobre una demanda incidental sobre la declaración de improcedencia de continuidad o sucesión de un partido político. Específicamente, se habilitan los días 12, 13, 19 y 20 de marzo de 2011, en el horario de 8:00 a 15:00 horas. El acuerdo afecta principalmente a la Sala del Artículo 61 de la LOPJ y a las partes involucradas en los Autos acumulados 6/2002 y 7/2002, permitiendo que se realicen actuaciones judiciales en días que normalmente serían considerados inhábiles. Indirectamente, afecta al sistema judicial en general, al permitir la agilización de un proceso judicial específico. La disposición más relevante es la habilitación de los días mencionados, fundamentada en el artículo 184.2 de la LOPJ, en relación con el artículo 131 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y la disposición final 1.ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Esta habilitación permite a la Sala del Artículo 61 de la LOPJ trabajar en el caso específico durante esos días y horas, a pesar de ser normalmente días no laborables para la administración de justicia. El acuerdo se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para su conocimiento público y entrada en vigor.

Atendida la previsible actuación de la Sala del Artículo 61 LOPJ en los Autos acumulados 6/2002 y 7/2002 de la demanda incidental sobre declaración de improcedencia de continuidad o sucesión de partido político, la Sala del Artículo 61 de la LOPJ, mediante providencia del día de la fecha, ha acordado:

«Habilitar, de conformidad con lo dispuesto en el art. 184.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en relación con el art. 131 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y disposición final 1.ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, los días 12, 13, 19 y 20 del presente mes de marzo de 2011 de 8,00 horas a 15,00 horas.»

Publíquese este acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 8 de marzo de 2011.–El Presidente del Tribunal Supremo y de la Sala del Artículo 61 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, José Carlos Dívar Blanco.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.