resolucionVigente

Acuerdo de 31 de octubre de 2018, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo 002/0000385/2018, interpuesto ante el Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Sexta.

BOE-A-2018-15391·9 de noviembre de 2018·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), publicado el 31 de octubre de 2018, que tiene como objeto principal emplazar a los interesados en el recurso contencioso-administrativo número 002/0000385/2018, interpuesto ante el Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Sexta. Afecta directamente a aquellos aspirantes a magistrados/as suplentes y jueces/zas sustitutos que se vieron beneficiados por el Acuerdo de 25 de julio de 2018 del CGPJ, el cual resolvía parcialmente el concurso convocado el 21 de marzo de 2018 para la provisión de dichas plazas en el ámbito de los Tribunales Superiores de Justicia de Asturias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia, Islas Baleares, Madrid y Región de Murcia. Las disposiciones más relevantes son: Existencia de un Recurso Contencioso-Administrativo: Se informa de la existencia de un recurso interpuesto contra el Acuerdo del CGPJ que resolvía parcialmente el concurso de plazas. Emplazamiento a Interesados: Se emplaza a aquellos que tengan interés en que el acto recurrido (el Acuerdo de 25 de julio de 2018) conserve su eficacia, es decir, a aquellos que obtuvieron una plaza y desean mantenerla. Derecho a Personarse: Se les otorga el derecho a personarse en el proceso como demandados, defendiendo la validez del Acuerdo impugnado. Plazo para Personarse: Se establece un plazo de nueve días, a partir de la publicación del Acuerdo en el Boletín Oficial del Estado (BOE), para que los interesados se personen en el procedimiento. Base Legal:** Se fundamenta el emplazamiento en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En resumen, el Acuerdo busca garantizar el derecho de defensa de aquellos que podrían verse afectados por la resolución del recurso contencioso-administrativo, permitiéndoles participar activamente en el proceso judicial.

Por diligencia de ordenación de la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el recurso 002/00385/2018, interpuesto contra el Acuerdo de 25 de julio de 2018 de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial por el que se resuelve parcialmente el concurso convocado por Acuerdo de 21 de marzo de 2018, para la provisión de plazas de magistrados/as suplentes y Jueces/zas sustitutos en el año 2018/2019, respecto del ámbito de los Tribunales Superiores de Justicia de Asturias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia, Illes Balears, Madrid y Región de Murcia, se ha solicitado al Consejo General del Poder Judicial la remisión del correspondiente expediente administrativo y a su vez el emplazamiento de los/as eventuales interesados/as en que el acto recurrido conserve su eficacia.

En su virtud, las personas interesadas en el mantenimiento del acto recurrido, podrán personarse en autos como demandados en el plazo de nueve días, desde la publicación de este Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado», conforme a lo dispuesto en los artículos 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Madrid, 31 de octubre de 2018.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes Serrano.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.