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Acuerdo de 19 de diciembre de 2018, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se deja sin efecto la atribución efectuada al Juzgado de Primera Instancia n.º 13 del partido judicial de Zaragoza, en el conocimiento de los asuntos de declaraciones de herederos, exhortos que no sean cumplimentados en Decanato, alimentos cuyo conocimiento no corresponda a los juzgados de familia, expedientes de dominio y demandas de reclamación o impugnación de filiación; en su día, acordada por el Pleno del Consejo General de Poder Judicial en fecha 19 de diciembre de 2002.

BOE-A-2018-17826·27 de diciembre de 2018·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es un acuerdo emitido por la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de España, fechado el 19 de diciembre de 2018. Su objeto principal es revocar una atribución específica de competencias que se había otorgado previamente al Juzgado de Primera Instancia número 13 del partido judicial de Zaragoza en 2002. Concretamente, se deja sin efecto la asignación exclusiva a este juzgado del conocimiento de los siguientes tipos de asuntos: declaraciones de herederos, exhortos no cumplimentados en Decanato, alimentos no correspondientes a juzgados de familia, expedientes de dominio y demandas de reclamación o impugnación de filiación. Este acuerdo afecta principalmente a los juzgados de Primera Instancia del partido judicial de Zaragoza, al Juzgado de Primera Instancia número 13 (que pierde la atribución especial), a los abogados y procuradores que litigan en esta jurisdicción, y a los ciudadanos que requieran resolver asuntos relacionados con las materias mencionadas. Las disposiciones más relevantes son: Revocación de la atribución: Se anula la competencia especial del Juzgado de Primera Instancia número 13 para conocer de los asuntos especificados. Distribución de competencias: Los asuntos que antes eran competencia exclusiva del Juzgado número 13 pasarán a ser conocidos por el resto de los juzgados de Primera Instancia de Zaragoza, con la excepción de los juzgados especializados en familia y el Juzgado de Primera Instancia n.º 12, especializado en condiciones generales en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias. Asuntos en trámite: Los casos que ya estaban asignados al Juzgado número 13 continuarán siendo tramitados por este juzgado hasta su finalización, sin que la revocación les afecte. Entrada en vigor: La medida entró en vigor el 1 de enero de 2019. Publicación:** Se ordena la publicación del acuerdo en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para su conocimiento público.

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día 19 de diciembre de 2018, adoptó el siguiente acuerdo:

1. Dejar sin efecto la atribución efectuada al Juzgado de Primera Instancia número 13 del partido judicial de Zaragoza, en el conocimiento de los asuntos de declaraciones de herederos, exhortos que no sean cumplimentados en Decanato, alimentos cuyo conocimiento no corresponda a los juzgados de familia, expedientes de dominio y demandas de reclamación o impugnación de filiación; en su día, acordada por el Pleno del Consejo General de Poder Judicial en fecha 19 de diciembre de 2002. Y ello al amparo de lo previsto en el artículo 98.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

2. Los asuntos que son objeto de este acuerdo: declaraciones de herederos, exhortos que no sean cumplimentados en Decanato, alimentos cuyo conocimiento no corresponda a los juzgados de familia, expedientes de dominio y demandas de reclamación o impugnación de filiación; se conocerán por el resto de juzgados de primera instancia del partido judicial de Zaragoza, con excepción de los juzgados de primera instancia especializados en familia; y del Juzgado de Primera Instancia n.º 12, especializado de manera exclusiva y excluyente en materia de condiciones generales en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea persona física.

3. Los asuntos que son objeto de este acuerdo y que estuviesen turnados al Juzgado n.º 13 de Primera Instancia del partido judicial de Zaragoza, se continuarán conociendo y tramitando por éste hasta su conclusión, sin verse afectados por el presente acuerdo.

4. Esta medida producirá efectos a partir del 1 de enero de 2019.

5. Este acuerdo se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 19 de diciembre de 2018.–Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes Serrano.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.