Calculadora de plazos procesales
Calcula el vencimiento de un plazo procesal descontando sábados, domingos, festivos nacionales, agosto (salvo penal) y los días 24 y 31 de diciembre. Según arts. 130-136 LEC y 182-185 LOPJ.
Tus datos
El cómputo empieza al día siguiente (art. 133 LEC).
Vencimiento
Se recalcula automáticamente.
· Se han computado 20 días hábiles a partir del 2026-05-27.
· Se han saltado 8 días inhábiles (fines de semana, festivos, agosto si aplica, 24/31 dic.).
· Agosto inhábil aplicado (art. 183 LOPJ).
· ⚠️ Esta versión no incluye festivos autonómicos ni locales. Verifica con el calendario oficial del juzgado.
Cómo se computan los plazos procesales
El cómputo de plazos en el proceso civil español se regula en los arts. 130-136 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) y en los arts. 182-185 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ). Estas normas son supletorias en los demás órdenes jurisdiccionales (contencioso, social, mercantil), con especialidades propias en el orden penal.
La regla básica (art. 133 LEC): el plazo empieza a correr al día siguiente de la notificación, y el día del vencimiento se incluye en el cómputo. Si el día de vencimiento cae en inhábil, se prorroga automáticamente al siguiente día hábil.
Días inhábiles
Son inhábiles a efectos procesales:
- Sábados y domingos.
- Festivos nacionales, autonómicos y locales.
- El mes de agosto en todas las jurisdicciones salvo la penal (art. 183 LOPJ), y en ciertas actuaciones urgentes.
- Los días 24 y 31 de diciembre.
Plazo de gracia — art. 135 LEC
Cuando tengas un escrito sujeto a plazo y el vencimiento se te venga encima, recuerda que puedes presentarlo hasta las 15:00 horas del día hábil siguiente al del vencimiento. Es una válvula de seguridad pensada para dar margen ante problemas de última hora, y se aplica también a los escritos presentados por medios electrónicos (LexNET, MiJusticia).
Plazos por meses o años
Los plazos expresados en meses o años se cuentan de fecha a fecha. Un plazo de dos meses iniciado el 15 de marzo vence el 15 de mayo. Si el día equivalente no existe en el mes de vencimiento (por ejemplo, 31 de enero + 1 mes), se traslada al último día del mes.
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Referencias normativas
- Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil, arts. 130-136 (cómputo de plazos).
- Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial, arts. 182-185 (días y horas inhábiles).
- Calendario laboral del BOE y boletines oficiales de cada comunidad autónoma y ayuntamiento.