Calculadora de indemnización por despido
Calcula tu indemnización por despido según el Estatuto de los Trabajadores. Contempla despido improcedente (33 días/año), objetivo (20 días/año) y el tramo especial pre-12-febrero-2012 a 45 días/año. Resultado inmediato con desglose y topes legales aplicados.
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Despido improcedente (art. 56 ET): 33 días de salario por año trabajado, con tope de 24 mensualidades.
Tipos de despido y cuantía de la indemnización
El Estatuto de los Trabajadores (ET) distingue varios tipos de despido, cada uno con consecuencias económicas distintas. La calificación final (procedente, improcedente o nulo) la determina el juez si el trabajador impugna, pero el empresario debe entregar una carta de despido con la causa alegada y, en los casos que correspondan, la indemnización obligatoria en ese mismo acto.
Despido improcedente — 33 días por año
Es la modalidad más habitual cuando el trabajador impugna y el juez le da la razón. Desde la reforma laboral del Real Decreto-ley 3/2012 (en vigor el 12 de febrero de 2012), la indemnización es de 33 días de salario por año trabajado, con un tope máximo de 24 mensualidades.
Para contratos iniciados antes del 12 de febrero de 2012, se aplica el régimen transitorio de la disposición transitoria 5ª ET: los años anteriores a esa fecha siguen a 45 días/año, y los posteriores a 33 días/año. El importe total no puede superar 720 días de salario, salvo que con el cálculo a 45 días ya se superase ese importe en 2012, en cuyo caso se aplica como tope la cantidad alcanzada en esa fecha con un máximo absoluto de 42 mensualidades.
Despido objetivo — 20 días por año
El despido por causas objetivas (art. 52 ET) incluye causas económicas, técnicas, organizativas o de producción; ineptitud sobrevenida; falta de adaptación; o absentismo justificado en ciertos supuestos. El empresario debe abonar en el momento del despido una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, con un tope de 12 mensualidades, junto con un preaviso de 15 días.
Si el trabajador impugna y el juez declara improcedente el despido objetivo, se completa la indemnización hasta los 33 días/año (o el régimen mixto si procede).
Cálculo del salario diario
Para convertir tu salario mensual en salario diario se incluye la prorrata de pagas extras: salario anual bruto dividido entre 365 días. Por ejemplo, con 1.800€/mes y 14 pagas: 1.800 × 14 ÷ 365 = 69,04€/día.
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Referencias normativas
- Real Decreto Legislativo 2/2015, Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (arts. 49-56).
- Real Decreto-ley 3/2012, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral (reducción de 45 a 33 días).
- Disposición transitoria 5ª ET, régimen de los contratos anteriores a 12 de febrero de 2012.
- Ley 35/2006 IRPF, art. 7.e, exención fiscal de la indemnización por despido hasta el límite legal obligatorio.